Un falso médico de Versalles fue procesado por abuso sexual tras una ecografía transvaginal
El juez federal Sebastián Casanello amplió la acusación contra Cristian Leonardo Rodríguez, detenido desde mayo por ejercicio ilegal de la medicina y la muerte de una paciente. Una mujer de 33 años declaró que se atendió convencida de que era un profesional habilitado y que el consultorio funcionó como un montaje.
El expediente que tiene como protagonista a Cristian Leonardo Rodríguez sumó un capítulo que reconfiguró la escala penal del caso. El juez federal Sebastián Casanello lo consideró autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, figura prevista en el artículo 119 del Código Penal, a partir de una ecografía transvaginal practicada a una mujer de 33 años en un consultorio del barrio porteño de Versalles. La paciente no sabía, al momento del estudio, que quien la atendía no era médico.
Rodríguez ya estaba detenido y procesado desde mayo de 2025 por el uso de documentación falsa, el ejercicio ilegal de la medicina, estafas y abandono de persona, en una causa que también investiga la muerte de una paciente. La nueva denuncia de la mujer identificada como B. amplió el procesamiento y modificó el horizonte de la investigación.
Qué datos se filtraron y de cuántas personas
De acuerdo con la resolución judicial, una sola mujer declaró haber sido víctima del abuso sexual en el marco de la atención recibida en los Consultorios Médicos Moliere, en Versalles. No se difundieron públicamente cifras sobre la cantidad total de pacientes atendidas por Rodríguez ni un listado nominal de víctimas potenciales. La información confirmada por la causa se limita a la denuncia de B., a la descripción del consultorio y a los sellos y firmas con los que el acusado se presentaba como médico de la UBA, dopplerista y ecografista. El resto de los alcances de la maniobra sigue bajo investigación y no fue cuantificado en el expediente conocido hasta el momento.
B. declaró que el 21 de abril de 2025 se sometió a una ecografía mamaria y a una ecografía transvaginal en el centro. Había llegado a principios de abril por una infección en una mama y una ginecóloga del mismo lugar le indicó ambos estudios. Pagó 16.000 pesos por cada práctica. Al entrar al consultorio donde la atenderían notó algo que la Justicia tomó como un indicio relevante: el ambiente tenía aspecto odontológico.
La mujer agregó que Rodríguez le pidió que se desvistiera, no le ofreció nada con qué cubrirse y permaneció en el cuarto durante todo el procedimiento. Cuando terminó, ella tuvo que limpiarse delante de él. La verdad le llegó un mes después, el 26 de mayo de 2025, cuando la Policía Federal allanó el consultorio y detuvo al acusado mientras atendía pacientes. Una conocida le envió por WhatsApp una publicación sobre el operativo. "Vi su foto y lo reconocí por la contextura física", declaró B. al revisar después los informes firmados por él y sellados con una presentación profesional que no se correspondía con su formación real.
“Cuando me enteré, sentí mucho enojo, mucha bronca. En la desconfianza que me genera de ahora en más hacerme estudios. Te queda un trauma, porque no sé quién me va a atender.”B., denunciante, ante la Justicia
Lo confirmado y lo que sostiene la acusación
- Lo confirmado: Rodríguez se presentó ante la paciente como médico habilitado, suscribió los informes con su firma y un sello que lo acreditaba como egresado de la UBA, dopplerista y ecografista, y fue detenido en el consultorio mientras atendía.
- Lo confirmado: la paciente concurrió derivada por una ginecóloga del mismo centro y abonó 16.000 pesos por cada práctica.
- Lo que sostiene la acusación: Casanello entendió que el engaño fue determinante para que B. accediera a las prácticas y que ese error afectó su capacidad de decidir libremente, lo que encuadra la ecografía transvaginal como abuso sexual con acceso carnal.
- Lo que resta por acreditar: la eventual participación o conocimiento de otros profesionales y empleados del consultorio, ya que el juez señaló que el espacio en su conjunto funcionó como un montaje para sostener la apariencia de atención médica legítima.
En una resolución de casi cuarenta páginas, Casanello reconstruyó la mecánica del consultorio y concluyó que el armado institucional del lugar, con sus empleados, el equipamiento y la ginecóloga que derivó a la paciente, operó como un dispositivo destinado a sostener la apariencia de una práctica médica regular. El fallo sostiene que la víctima consintió las prácticas sobre la base de una información falsa acerca de quién la atendía, lo que vuelve ese consentimiento jurídicamente inválido a los efectos del encuadre penal elegido.
