Proyecto en el Congreso: los CEDEARs dejarían de estar exentos de Ganancias
La iniciativa fijaría una alícuota del 15% para los certificados adquiridos desde el 31 de octubre de 2026. Las tenencias ya existentes no quedarían alcanzadas de forma retroactiva.
Un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que hoy gozan de una exención. Según la propuesta, la alícuota sería del 15% y alcanzaría a los certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026.
Qué son los CEDEARs
Los CEDEARs se negocian en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, una característica que los volvió atractivos para ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.
El cambio que propone el proyecto
Hasta ahora, los CEDEARs quedan amparados por la misma exención de Ganancias que rige para los valores negociables argentinos. La iniciativa modifica ese esquema mediante el criterio conocido como transparencia fiscal o look-through: si el activo que respalda el certificado estuviera gravado en una compra directa, el CEDEAR quedaría sujeto al mismo tratamiento. De ese modo, se busca eliminar la diferencia actual entre comprar una acción extranjera de forma directa y acceder al mismo activo a través de un certificado.
La alícuota del 15% fue informada por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios. El proyecto fija como fecha de corte el 31 de octubre de 2026, por lo que el cambio no sería retroactivo y solo alcanzaría a los CEDEARs adquiridos desde esa fecha en adelante.
- Alícuota propuesta: 15%.
- Alcance: certificados comprados a partir del 31 de octubre de 2026.
- Carteras armadas antes de esa fecha: no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.
- Impacto para el minorista: dependería del rendimiento obtenido y del momento de compra de cada posición.
El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Mientras tanto, el régimen de exención permanece vigente.
